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Consulado de Colombia en La Habana

 

Es la inscripción que debe hacer el extranjero titular de visa con una vigencia superior a tres (3) meses, ante el Registro de Extranjeros de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia. Este trámite se debe hacer dentro del plazo de quince (15) días calendarios siguientes contados partir de su ingreso al país o de la fecha de la expedición de la visa si la obtuvo estando ya dentro del territorio nacional. 

Tenga en cuenta que ciertas actividades dentro de la categoría de visa Visitante Tipo V están exentas de la obligación del registro, para mayor información consulte la página www.migracióncolombia.gov.co

Si la visa tiene una vigencia igual o inferior a tres (3) meses no hay necesidad de estampar la etiqueta de visa en el pasaporte. Podrá ingresar y salir con la e-visa expedida.

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